REGISTROS OBLIGATORIOS DE SST
Los registros de SST tienen por finalidad orientar a los empleadores hacia una adecuada implementación y a un pleno cumplimiento de la normativa de SST en las empresas.
Estos registros han sido elaborados en base a lo señalado en el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado por el D.S. N° 005-2012-TR.
En el siguiente articulo indica cuales son estos registros obligatorios de SST que debe implementar toda organización:
Artículo 33°.- Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son:
a)Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas.
b)Registro de exámenes médicos ocupacionales.
c)Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
d)Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.
e)Registro de estadísticas de seguridad y salud.
f)Registro de equipos de seguridad o emergencia.
g)Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.
h)Registro de auditorías. Los registros a que se refiere el párrafo anterior deberán contener la información mínima establecida en los formatos que aprueba el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Resolución Ministerial.
En el siguiente enlace puedes descargar estos registros obligatorios de SST para que lo puedas implementar en tu organización:
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